El Ayuntamiento de Barcelona tiene desarrollados unos Planes Especiales para los establecimientos de restauración y comercio alimentario con degustación, de aplicación específica para cada uno de los distritos. A continuación presentamos un resumen de aquellas limitaciones a tener en cuenta en la búsqueda de tu local dependiendo de su ubicación. Para cualquier consulta al respecto, en OTP te asesoraremos sin ningún compromiso.

Ciutat Vella: Es el distrito con más complicaciones, porque actualmente las nuevas licencias de establecimientos de restauración ya no están permitidas. Por tanto, se tiene que comprar una licencia de actividad en vigor, mediante un traspaso y entonces se puede solicitar una permuta dentro de la misma zona y/o area. (Se ha dividido en zonas y áreas de tratamiento específico.)

Eixample: Existe la aplicación de un área de densidad limitada en un rectángulo de 100 x 100 metros de lado (aproximadamente una manzana del Eixample) y como máximo puede haber cinco establecimientos ya existentes de esta misma clase, incluidos también los comercios alimentarios con degustación..

Sants-Montjuïc: Este distrito no dispone de un plan especial general. Solo existe una suspensión de licencias exclusiva para la zona del Poble Sec.

Les Corts: Las limitaciones en este distrito se deben a la anchura de la calle en donde se encuentra el establecimiento. Es para las calles de menos de 10 metros de anchura cuando pueden existir condiciones para ocupar solo la planta baja de los edificios. Existe, no obstante, una zona de suspensión en el área delimitada por la calle Jordi Girona, calle Joan Obiols, calle Trias i Giró y avenida de l’Exèrcit.

Sarrià-Sant Gervasi: El distrito está dividido en ocho áreas geográficas y, según cada área y también la anchura de la calle donde se ubicará el establecimiento, existen condiciones para las calles de menos de 20 metros de anchura y prohibiciones para las calles de menos de 10 metros de anchura.

Gràcia: Este distrito dispone de un plan especial muy rígido, dado que está dividido en tres áreas territoriales que engloban las 14 zonas propias del distrito. En función de cada área y también de la anchura de la calle en donde irá el establecimiento, existen condiciones de distancia de separación con otros establecimientos de restauración y/o comercio alimentario ya existentes que se deben cumplir. Existe suspensión de licencias en la Vila de Gràcia, Camp d’en Grassot y Pi i Margall.

Horta-Guinardó: Este distrito cuenta con un plan especial exclusivamente para el núcleo antiguo de Horta, delimitado por las calles de los alrededores de la plaza Eivissa, calles Baixada de la Plana, Campoamor, Feliu i Codina, Mestre Codina. En función de las anchuras de las calles donde está el local, existe una limitación máxima de 5 unidades de establecimientos de la restauración en un radio de 50 metros.

Nou Barris: no tiene ningún plan especial y por tanto no existen restricciones.

Sant Andreu: no tiene ningún plan especial y por tanto no existen restricciones.

Sant Martí: Dispone de un plan especial que, en función de las anchuras de las calles donde se quiere implantar la actividad, se establecen unas distancias de separación con otros establecimientos de restauración ya existentes. Existen suspensiones de licencias para la restauración y el comercio alimentario con degustación en los alrededores de la Rambla del Poble Nou, el Camp de l’Arpa del Clot, la Llacuna del Poble Nou, el Poble Nou y la Vila Olímpica.