El ayuntamiento de Barcelona anuncia de que inica una revisión del Plan especial de establecimientos de concurrencia pública, hotelería y otras actividades del distrito de Ciutat Vella, con el objetivo de limitar determinadas actividades que generan externalidad negativas en el territorio y potenciar de otras que dinamicen el entorno.

Esta revisión irá acompañada de una nueva suspensión de la concesión de licencias a locales de pública concurrencia entre otros.

Estas actividades son:

Actividades reguladas en la Modificación del Plan especial de establecimientos de concurrencia pública, hotelería y otras actividades del Distrito de Ciutat Vella: exhibiciones o espectáculos realizados en recintos cubiertos, actividades deportivas, actividades musicales (bares musicales, discotecas, etc), actividades de restauración (restaurantes y bares), actividades de juegos y atracciones (casinos y bingos), actividades culturales y sociales (asociaciones y centros de difusión cultural), actividades audiovisuales (locutorios y karaokes), actividades zoológicas, establecimientos alimentarios de venta personalizada, establecimientos alimentarios en régimen de autoservicio, establecimientos individuales multi sectoriales o polivalentes, tiendas de conveniencia, tiendas anexas a gasolineras, establecimientos con máquinas expendedoras de alimentos, tiendas de platos preparados, comercio alimentario con degustación y heladerías y horchaterías que no dispongan de degustación en su interior.

Por primera vez, se suspenden las licencias de otras actividades: actividades de servicios de información, difusión y atención turística como oficinas de turismo, puntos de atención turística o análogas; oficinas abiertas al público de venta de tickets y entradas; almacenes de pequeñas mercancías no peligrosas como, por ejemplo, equipajes; exposición, venta o alquiler de bicicletas y motos; y exposición, venta o alquiler de vehículos de movilidad personal con motor (segways, triciclos, Trix, patinetes eléctricos …).

El ámbito de la suspensión de otorgamiento de estas licencias de actividades incluye todo el distrito, a excepción de la zona portuaria y determinadas actividades del entorno de la Rambla; también quedan fuera de la suspensión aquellas actividades que antes de la declaración de la misma ya dispongan de la autorización municipal necesaria para ejecutar las obras e instalaciones de acondicionamiento del establecimiento a la actividad proyectada, ya sea mediante licencia, comunicación o declaración responsable previa.

BOPB